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La Sociedad remite acuerdo del Consejo de Administración relativo a un programa de retribución

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Publicado el 09/01/2013

De conformidad con el artículo 82 de la Ley del Mercado de Valores, FERROVIAL, S.A. (la Sociedad o FERROVIAL), comunica la siguiente:

INFORMACIÓN RELEVANTE

El Consejo de Administración de la Sociedad ha aprobado un nuevo programa de retribución consistente en la entrega de acciones de FERROVIAL, S.A., cuyas características principales son las siguientes:

  • Objeto: Acciones de FERROVIAL, S.A. El número total de acciones que podrá concederse anualmente al amparo de este Plan no podrá exceder de 1.900.000, representativas de aproximadamente el 0,26% del capital social de Ferrovial, S.A.
  •  Ámbito: Se dirige a:

– Miembros del Consejo de Administración de Ferrovial, S.A. que desempeñen funciones ejecutivas y quienes ejercen funciones de Alta Dirección bajo dependencia directa del Consejo de Administración o de sus órganos delegados. La aplicación a los Consejeros Ejecutivos y a la Alta Dirección de esta forma de retribución se someterá a la Junta General de accionistas.

– Otros Directivos no pertenecientes a la Alta Dirección.

El número total aproximado de beneficiarios oscilará entre 300 y 350.

  • Fecha de formalización inicial: Se espera sea en febrero de 2013.
  • Frecuencia de la concesión: La concesión de las acciones se realizará anualmente durante un ciclo de tres años.
  • Periodo de maduración: El periodo de maduración será de tres años para cada una de las entregas del ciclo.
  • Condiciones para la entrega:

– Permanencia en la Sociedad durante un periodo de maduración de tres años a contar desde la fecha de formalización, salvo en circunstancias excepcionales tales como jubilación, invalidez o fallecimiento. En caso de despido improcedente, únicamente se podrá recibir un número de acciones proporcional al tiempo transcurrido.

– Obtención durante el periodo de maduración de unas tasas calculadas en función de: (i) el flujo de actividad; (ii) la relación entre el resultado bruto de explotación y los activos netos productivos; y (iii) el retorno total para el accionista en relación con un grupo de comparación. Anualmente se determinarán los niveles que deben alcanzar dichas tasas durante cada ciclo de concesión para tener derecho a la entrega de la totalidad de las acciones o a un número proporcional de ellas.

Las futuras apreciaciones del valor de las acciones quedarán cubiertas con derivados («equity swaps»).

Madrid, a 9 de enero de 2013

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